Cuídese de engaños sobre el SOAT – Boletín N°9 de 2017
Bogotá D.C., 28 de Febrero de 2017
BOLETIN No. 09 -2017 DEL CONSEJO SUPERIOR DEL TRANSPORTE
CUIDESE DE ENGAÑOS SOBRE EL SOAT
PRÓXIMA CAPACITACION DEL CST EN MATERIA DE REFORMA TRIBUTARIA Y SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO PARA EMPRESAS DE TRANSPORTE
Saludo a todos los Empresarios:
Compartimos con ustedes el Comunicado de Prensa de la Superintendencia Financiera de Colombia, en donde advierte al ciudadano para que no se deje engañar con una supuesta derogatoria del SOAT.
- …Todo vehículo automotor que transite en el territorio nacional debe estar amparado por el Seguro Obligatorio de Daños Corporales causados a las Personas en Accidentes de Tránsito, SOAT (Artículo 192 del Estatuto Orgánico del Sistema Financiero – EOSF).
- Las entidades aseguradoras autorizadas actualmente para la explotación del ramo del SOAT, están habilitadas legalmente para expedir en forma obligatoria las pólizas del seguro en mención (Artículos 192 y 196 del EOSF).
- Las autoridades de tránsito de carácter departamental, distrital y municipal exigirán el SOAT para efectos de expedición de placas de circulación del vehículo, su traspaso y cualquier otra gestión relacionada con éste (Artículo 197 del EOSF).
- No portar el SOAT da lugar a la imposición de una multa al conductor del vehículo, consistente en 30 salarios mínimos legales diarios y a la inmovilización del vehículo (Artículo 131 literal D2 de la Ley 769 de 2002 / Código Nacional de Tránsito)…
CAPACITACIÓN CONSEJO SUPERIOR DEL TRANSPORTE
El Consejo Superior del Transporte, Desarrollará una capacitacitación dirigida a empresarios del Transporte en temas de:
- Reforma Tributaria
- Seguridad y Salud en el Trabajo
LIBRO DECRETO 1079
Para obtener información de cómo conseguir el ejemplar del Decreto 1079 y de nuestras capacitaciones, comuníquese al teléfono (1) 6218885 – Cel 317 3706222.