N° 14 – Formato Único de Extracto del Contrato FUEC

¡URGENTE! CIRCULAR ENTRE TODOS LOS PROPIETARIOS DIO PASO A LA GUÍA PARA APLICACIÓN DE LA RESOLUCIÓN 3068 DEL 15 DE OCTUBRE DE 2014, MEDIANTE LA CUAL SE ESTABLECE EL FORMATO ÚNICO DE EXTRACTO DEL CONTRATO- FUEC, PARA LOS CONTRATOS DEL SERVICIO DE TRANSPORTE ESPECIAL BOLETÍN CONSEJO SUPERIOR DEL TRANSPORTE ¡URGENTE! CIRCULAR ENTRE TODOS LOS PROPIETARIOS…

¡URGENTE! CIRCULAR ENTRE TODOS LOS PROPIETARIOS DIO PASO A LA GUÍA PARA APLICACIÓN DE LA RESOLUCIÓN 3068 DEL 15 DE OCTUBRE DE 2014, MEDIANTE LA CUAL SE ESTABLECE EL FORMATO ÚNICO DE EXTRACTO DEL CONTRATO- FUEC, PARA LOS CONTRATOS DEL SERVICIO DE TRANSPORTE ESPECIAL

BOLETÍN CONSEJO SUPERIOR DEL TRANSPORTE

¡URGENTE! CIRCULAR ENTRE TODOS LOS PROPIETARIOS DIO PASO A LA GUÍA PARA APLICACIÓN DE LA RESOLUCIÓN 3068 DEL 15 DE OCTUBRE DE 2014, MEDIANTE LA CUAL SE ESTABLECE EL FORMATO ÚNICO DE EXTRACTO DEL CONTRATO- FUEC, PARA LOS CONTRATOS DEL SERVICIO DE TRANSPORTE ESPECIAL

Bogotá, Noviembre 29 de 2014

El Ministerio de Transporte, emitió el día de ayer la GUÍA PARA APLICACIÓN DE LA RESOLUCIÓN 3068 DEL 15 DE OCTUBRE DE 2014, MEDIANTE LA CUAL SE ESTABLECE EL FORMATO ÚNICO DE EXTRACTO DEL CONTRATO- FUEC, PARA LOS CONTRATOS DEL SERVICIO DE TRANSPORTE ESPECIAL, la cual ha sido dirigida a: Dirección de Tránsito y Transporte, Superintendencia de Puertos y Transporte, Organismos de Tránsito, Autoridades Locales, Empresas de Transporte Especial, Propietarios, Conductores y demás interesados, Direcciones Territoriales

…´´Como es de su conocimiento a partir del 1 de Diciembre de 2014, las empresas habilitadas para el transporte especial de pasajeros expedirán el extracto de contrato en el Formato Único de Extracto del Contrato- en adelante FUEC, adoptado mediante la Resolución 3068 del 15 de octubre de 2014, expedida por el Ministerio de Transporte.

Consideramos que la ejecución de las medidas adoptadas en la Resolución 3068 de 2014 y de otras que en adelante se construirán en conjunto con los empresarios del sector, promoverán el mejoramiento del servicio de transporte especial.

Con el objeto de lograr un entendimiento total y unificar la aplicación de la Resolución 3068 de 2014, a continuación se presenta una guía de aplicación para las empresas, propietarios, autoridades y funcionarios comprometidos en la prestación del servicio especial de pasajeros, así como el control y la vigilancia de la modalidad de transporte especial y la formulación de preguntas y respuestas para atender las inquietudes formuladas en relación a la implementación del nuevo formato.

  1. Consideraciones generales:

El «extracto de contrato» es un compendio, resumen o síntesis, de un contrato de transporte existente, suscrito por el representante de la empresa de transporte, de lo cual se deduce que siempre debe existir un contrato de transporte del cual se extrae la información. Así mismo, pueden existir varios extractos de un contrato, pero no un extracto para varios contratos.

Una vez diligenciado el Formato Único de Extracto de Contrato -FUEC- por parte de la empresa de transporte habilitada, éste se convierte en un documento que sustenta la operación del vehículo, esto significa que en virtud del documento se realiza la operación de transporte. Por ello, la inexistencia del extracto, su alteración, su falsificación o diligencia miento de forma diferente al contrato que le dio origen, acarrea la inmovilización del vehículo.

El FUEC debe portarse en original, en todos los vehículos de la modalidad de Transporte Especial, ya sea que el servicio se preste dentro de un municipio, distrito o área metropolitana o si el mismo es prestado entre dos municipios, en el espacio inferior izquierdo, cada empresa puede detallar libremente todos los datos para completar su plena identificación.

Teniendo en cuenta que cada extracto de contrato contiene los datos del vehículo que cumple con la operación, el documento sólo sirve para un vehículo, si el vehículo debe ser cambiado, debe expedir un nuevo extracto. En cuanto al conductor, el formato permite señalar varios conductores, la empresa debe prever los posibles relevos, si el conductor no se encuentra en la lista del extracto, debe expedirse uno nuevo.

No debe olvidarse que cuando las empresas acuden a la figura de convenios empresariales con otras empresas de servicio especial, para el cumplimiento de un contrato, no ceden su responsabilidad frente a la operación. Por ello, la empresa que suscribió el contrato de transporte, es quien debe expedir el extracto de contrato. En estos casos, el vehículo no debe portar copia del convenio pero las empresas están obligadas a enviar copia de ellos a la Superintendencia de Puertos y Transporte y al Ministerio a través de las Direcciones Territoriales´´…

ANEXAMOS GUÍA PARA APLICACIÓN DE LA RESOLUCIÓN 3068 DEL 15 DE OCTUBRE DE 2014, MEDIANTE LA CUAL SE ESTABLECE EL FORMATO ÚNICO DE EXTRACTO DEL CONTRATO- FUEC, PARA LOS CONTRATOS DEL SERVICIO DE TRANSPORTE ESPECIAL

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