No se deje engañar por Sayco y Acinpro

Bogotá D.C., 29 de Enero de 2018 BOLETÍN No. 02 -2018 DEL CONSEJO SUPERIOR DEL TRANSPORTE ALERTA ANTE ENGAÑO DE LA ORGANIZACIÓN SAYCO-ACINPRO MEDIANTE FORMATOS DE COBRO SOCIALIZAMOS PROYECTO DE RESOLUCIÓN QUE QUIERE AGILIZAR TRÁMITES DE PLANILLAS DE VIAJE OCASIONAL EN PLATAFORMA RUNT   Respetados Empresarios, En los últimos días han llegado a las empresas…

Bogotá D.C., 29 de Enero de 2018

BOLETÍN No. 02 -2018 DEL CONSEJO SUPERIOR DEL TRANSPORTE

ALERTA ANTE ENGAÑO DE LA ORGANIZACIÓN SAYCO-ACINPRO MEDIANTE FORMATOS DE COBRO

SOCIALIZAMOS PROYECTO DE RESOLUCIÓN QUE QUIERE AGILIZAR TRÁMITES DE PLANILLAS DE VIAJE OCASIONAL EN PLATAFORMA RUNT

 

Respetados Empresarios,

En los últimos días han llegado a las empresas de transporte de todo el país unos FORMATOS DE COBRO llamados LIQUIDACIÓN PARA AUTORIZACIÓN DE COMUNICACIÓN AL PÚBLICO, promovidos por la Organización Sayco-Acinpro, en donde se manifiesta, entre otros apartes el siguiente contenido en la letra anexa a este documento:

“…1. El presente documento constituye una licencia y/o autorización de uso por la comunicación al público de obras musicales, fonogramas y el almacenamiento (reproducción/fijación) o grabación de obras musicales de los titulares representados por Sayco, a través de medios como la radio, televisión, equipos eléctricos, electrónicos o dispositivos digitales conocidos o por conocerse y que sirvan para tal fin (Derechos de Autor y Derechos Conexos); y tiene validez hasta la fecha de la vigencia establecida en esta autorización, y por el derecho causado y autorizado. Ley 23/82 artículos 72, 76 literal D, 158, 159. Decisión 351 del Acuerdo de Cartagena; Decreto 1066/15.

  1. 3. ESTA AUTORIZACIÓN y/o LICENCIA SOLO ES VÁLIDO POR EL DERECHO CANCELADO.
  2. El pago de esta autorización constituye aceptación de la oferta (Art. 845 del Código de Comercio)…”

Esta estrategia, que hemos visto anteriormente solo busca hacer caer en el error a los empresarios que no realizan actividades de comunicación pública. La OSA no tiene determinados cuantos vehículos tiene su empresa, no sabe si ellos están vinculados o son propios, no sabe si en ellos existen radios, y mucho menos si estos se utilizan o no por parte del conductor, razón por la cual quieren promover liquidaciones que solamente les permitirán a ellos cuando la empresa acepte determinar que las empresas realizan comunicación pública, LO CUAL NO ES CIERTO, para luego aplicar cobros por los derechos de los representados por ACINPRO y otras organizaciones.

Invitamos a los empresarios a recordar nuestros boletines y no dejarse engañar por la ORGANIZACIÓN SAYCO-ACINPRO.

 

PROYECTO DE RESOLUCIÓN

Adjuntamos el Proyecto de Resolución “Por la cual se reglamenta el procedimiento para el cargue en línea de la Planilla Única de Viaje Ocasional para los vehículos de servicio público de transporte terrestre automotor individual de pasajeros, pasajeros por carretera y mixto en vehículos, camioneta, camperos y bus escalera y se dictan otras disposiciones.”

Por favor envíenos sus comentarios al correo gestiongremial@consejosuperiordeltransporte.org

Anexo Documento: Resolucion planilla de viaje ocasional 5-01-18

 

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