Plazo para la aplicación del Registro Nacional de Bases de Datos

Bogotá D.C., 22 de Enero de 2018 BOLETÍN No. 01 -2018 DEL CONSEJO SUPERIOR DEL TRANSPORTE   APLAZAMIENTO DE LAS NORMAS DE TRATAMIENTO Y REGISTRO DE BASE DE DATOS ¿TIENE PROBLEMAS CON LA ORGANIZACIÓN SAYCO Y ACINPRO? Respetados Empresarios, Aprovechamos nuestro primer Boletín del 2018 para desearles un año lleno de éxitos en sus Empresas…

Bogotá D.C., 22 de Enero de 2018

BOLETÍN No. 01 -2018 DEL CONSEJO SUPERIOR DEL TRANSPORTE

 

APLAZAMIENTO DE LAS NORMAS DE TRATAMIENTO Y REGISTRO DE BASE DE DATOS

¿TIENE PROBLEMAS CON LA ORGANIZACIÓN SAYCO Y ACINPRO?

Respetados Empresarios,

Aprovechamos nuestro primer Boletín del 2018 para desearles un año lleno de éxitos en sus Empresas de Transporte; es por esto que iniciamos con buenas noticias para nuestra comunidad transportadora con el Decreto No. 090 del 18 de Enero del 2018 expedido por el Ministerio de Industria y Turismo,  en relación con el plazo para la Aplicación del Registro Nacional de Bases de Datos, Creado por la ley Estatutaria 1581 de 2012 “Por la cual se dictan disposiciones generales para la protección de datos personales»…

… “Artículo 2.2.2.26.1.2.  Ámbito de aplicación. Serán objeto de inscripción en el Registro Nacional de Bases de Datos, las bases de datos que contengan datos personales cuyo Tratamiento automatizado o manual sea realizado por los Responsables del tratamiento que reúnan las siguientes características:

  1. a) Sociedades y entidades sin ánimo de lucro que tengan activos totales superiores a 100.000 Unidades de Valor Tributario (UVT).
  2. b) Personas jurídicas de naturaleza pública.

PLAZOS:

«Artículo 2.2.2.26.3.1. Plazo de inscripción. La inscripción de las bases de datos en el Registro Nacional de Bases de Datos se llevará a cabo en los siguientes plazos:

  1. a) Los Responsables del Tratamiento, sociedades y entidades sin ánimo de lucro que tengan activos totales superiores a 610.000 Unidades de Valor Tributario (UVT), deberán realizar la referida inscripción a más tardar el treinta (30) de septiembre de 2018, de acuerdo con las instrucciones impartidas por la Superintendencia de Industria y Comercio;
  2. b) Los Responsables del Tratamiento, sociedades y entidades sin ánimo de lucro que tengan activos totales superiores a 100.000 y hasta 610.000 Unidades de Valor Tributario (UVT), deberán realizar la referida inscripción a más tardar el treinta (30) de noviembre de 2018, de conformidad con las instrucciones impartidas por la Superintendencia de Industria y Comercio;
  3. c) Los Responsables del Tratamiento, personas jurídicas de naturaleza pública, deberán realizar la referida inscripción a más tardar el treinta y uno (31) de enero de 2019, de conformidad con las instrucciones impartidas por la Superintendencia de Industria y Comercio. …”

 

¿TIENE PROBLEMAS CON LA ORGANIZACIÓN SAYCO Y ACINPRO?

Si su Empresa ha recibido requerimientos de la Organización Sayco y Acinpro, en el consejo Superior del Transporte estamos para orientarlo y para esto le solicitamos remitir esos requerimientos al correo camilogarciamoreno@consejosuperiordeltransporte.org

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